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Ejercicio Notarial en tiempos de COVID 19

Ha quedado claro que el concepto que tenemos de la “normalidad” es, ha sido y será relativo, dependiendo del tiempo, espacio y grupo social que use ese paradigma de origen estadístico, pero si ello no fuere suficientemente claro, el mundo ha trastocado todos los aspectos de su vida cotidiana -normal- por el efecto nocivo de un virus surgido a finales del 2019 -está por verse de qué origen- que inesperadamente -como todas las catástrofes globales- ha modificado estructuralmente la “normalidad” de la forma de vida, los negocios y desde luego, la práctica y materia del quehacer notarial en todo el mundo.

Más allá del uso específico que se ha dado a las capacidades del Estado para hacer frente a esta pandemia, quisiéramos comenzar por analizar jurídicamente sus facultades legales para hacer frente a eventos catastróficos como este. Nos referiremos especialmente a las capacidades del “Poder Ejecutivo Federal” (PEF) que,

de acuerdo al artículo 80 de la “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” (CPEUM), se “deposita en un solo individuo denominado Presidente de la República”.

Siguiendo este orden de ideas, apuntemos que la fracción primera del artículo 89 de la CPEUM establece la facultad reglamentaria del Presidente de la República para “Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en el ámbito administrativo su exacta observancia” (sic) disposición que constituye, junto a lo dispuesto por los artículos 29; 131; y –pertinente para esta exposición- el 73 fracción XVI Base 1a de la CPEUM, contienen convenientes excepciones al principio de división de poderes establecida formalmente por el 49 de la CPEUM, pues facultan al PEF para ejercer funciones materialmente legislativas que “flexibilizan” las capacidades del Gobierno de la República para hacer frente a urgencias y requerimientos emergentes, como el que ha representado el COVID 19. Las capacidades y opciones jurídicas de reacción por parte del Gobierno de la República ante eventualidades catastróficas han sido puestos a prueba por esta pandemia.

Es digno de mención que, en este texto, nos referimos a decretos como las disposiciones normativas por escrito que expide el PEF, y no al uso que tiene la palabra a nivel de los poderes legislativos donde, en términos del 72 de la CPEUM, se da esa denominación a todo proyecto de Ley. Realizada esta aclaración focalicemos el hecho que la acción del “Poder Legislativo Federal” (PLF) ha sido prácticamente nula, recayendo la respuesta a la pandemia -siguiendo el modelo presidencialista establecido por el “Sistema Jurídico Mexicano” (SJM), en el poder unipersonal de hecho y derecho del PEF, lo que se ha manifestado a nivel normativo en centenares de decretos expedidos por las autoridades administrativas de los poderes ejecutivos, tanto federal como de las 32 entidades federativas que, desde el 30 de marzo del 2020, fecha del primero de esa avalancha de decretos, en el que se declaró la “emergencia sanitaria por causa por fuerza mayor, a la epidemia por el virus SARS-Cov2 (COVID 19)”.

En ocasión de ese primero y los centenares de esos decretos federales y estatales, la actividad notarial fue reconocida como prioritaria por lo que los notarios públicos mexicanos tenemos el deber legal de mantener abiertas nuestras notarias al público, obligación que se reafirma en Veracruz en términos de los artículos 16 y 23 de la Ley 585 del Notariado.

Naturalmente, muchos han sido los casos de contagio de COVID 19 entre nosotros y el personal a nuestro servicio en ocasión del servicio público que prestamos, habiéndose presentado decesos por esta causa entre nuestro gremio y el personal de las autoridades registrales ante las cuales realizamos las tramitaciones requeridas para que los asuntos jurídicos de nuestros clientes sigan -en la medida de lo posible- su marcha, aún en el entrono pandémico que ha generado una crisis económica que a todos afecta, por el incremento de los tiempos y costos de la prestación de servicios al público, habida cuenta de las necesarias medidas sanitarias que debemos respetar y procurar; el incremento de los permisos por enfermedad y; las limitaciones de aforo, lo que ha conllevado cuellos de botella en horarios, citas y expedición de documentos oficiales necesarios para nuestro ejercicio notarial y los asuntos jurídicos de nuestros clientes.

La pandemia ha generado un entorno de incertidumbre para las inversiones y actividades económicas, lo que ha resultado en una serie de quiebras y bajas de volumen en los negocios, lo que ha impactado al flujo de negocios nuclear a la actividad notarial. Sin duda esta pandemia cederá, la vacunación tenderá a “normalizar” las actividades económicas, la forma de vida que conocíamos antes del COVID 19, no obstante estamos consientes que tendremos que aprender a convivir con él y sus eventuales mutaciones, en espera de que -como es previsto por todos los analistas- se produzca una expansión económica posterior a la prolongada crisis producida por esta pandemia que, según las cifras oficiales, ha producido al momento de escribirse estas líneas, casi 300 mil decesos y 4 millones de contagios documentados en México.

El gremio notarial esta superando esta crisis haciendo gala de toda su dignidad. Lamentamos los decesos de amigos, compañeros y personas ligadas a nuestra actividad y nos solidarizamos con sus familias, pocos han sido los hogares que han tenido que lamentar esta enfermedad y sus secuelas y efectos.

Esperamos lo mejor y, aunque nadie debe darnos ningún reconocimiento por cumplir con honor el servicio público que nos fue conferido, pedimos se empatice con nosotros y, al final de esta crisis, se consideren las dificultades que, como todos los servidores públicos de actividades prioritarias que no han podido cerrar y debido plantar cara a la pandemia y sus efectos, sean cuales sean, se analice actualizar el arancel por nuestros servicios cuando la economía de nuestra querida República se haya recuperado y llegue la tan esperada expansión económica posterior a la crisis en que vivimos, que sabemos llegará, pero sin la certeza de cuándo.

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